viernes, marzo 09, 2007

El redondeo busca evitar aumentos desmedidos

El anuncio en gaceta oficial de la reconversión monetaria que llevará la moneda Venezolana a eliminar tres ceros también llamada Bolívar Fuerte (BsF) ha generado algunos rumores sobre el uso del redondeo que Víctor Salmerón en El Universal aclara en este artículo.

El decreto ley establece que toda fracción menor a 0,5 céntimos "será igual al céntimo inferior" y los que sean igual o mayores a 0,5 al céntimo superior.

El Banco Central de Venezuela (BCV) ha indicado que la nueva moneda es divisible en cien céntimos, pero aún no precisa si habrá monedas desde un centavo en adelante.

El BCV ha estimado un periodo de transición de entre seis meses y un año, durante el cual la nueva moneda circulará junto a la actual y para distinguirse llevará el nombre de bolívar fuerte, con el signo BsF, luego sólo seguirá existiendo el bolívar (Bs).

La gaceta también indica que:
  • Los bancos están obligados a ajustar sus sistemas para que desde el 1 de enero de 2008 puedan expresarle a la clientela el saldo y las demás operaciones en términos del bolívar fuerte.
  • El bolívar fuerte resulta de restarle al actual tres ceros. Así que quien tenga un saldo de un millón de bolívares pasará a tener mil bolívares fuertes.
  • Los cheques que se emitan hasta el 31 de diciembre de este año y sean presentados al cobro después del 1 de enero de 2008 serán cancelados con bolívares fuertes.
  • El papel sellado, los timbres fiscales, estampillas y sellos postales que se utilizan en este momento seguirán vigentes hasta que se agoten.
  • El BCV se compromete a mantener durante "varios años" la disponibilidad de cambio de las monedas y billetes viejos.

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miércoles, marzo 07, 2007

Mas contribuyentes especiales sancionados

Se puede leer en el portal del SENIAT la siguiente información:

En una intensa jornada de verificación de deberes formales, como parte del redimensionado Plan Evasión Cero, fiscales de la Gerencia de Tributos Internos Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), procedieron a aplicar clausura por tres días a 32 establecimientos de la empresa Coca Cola, así como a otros contribuyentes especiales, por presentar incumplimientos en sus libros de compra y venta del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

En la acción dirigida por la Gerente de Tributos Internos Región Capital, Libia Araque, y la Jefa de División de Fiscalización de esta dependencia, Carmen Teresa Herrera, se aplicaron clausuras a Computadoras Magnabyte, Corporación Star White, Aventis Farma, Intercal y Quorum Computer Group

Como parte de esta verificación, también fueron sancionados con clausura entre dos y tres días, las panaderías La Criolla, Caribe, Belén, Ha Ripan y La Estación del Pan, ubicadas en Catia, también por incumplir con la normativa tributaria.

Solicitan declaración de ISLR a 1.190 contribuyentes

Con la orientación de estimular el cumplimiento de los deberes de los contribuyentes, fiscales de la Gerencia de la Región Capital del SENIAT, realizaron visitas a 190 contribuyentes, 155 Personas Naturales y 35 Personas Jurídicas, a fin de solicitarles información sobre su declaración de Impuesto sobre la Renta del año 2006.

La Jefa de División de Fiscalización de la Región Capital, Carmen Teresa Herrera, informó que previamente se han visitado unos mil contribuyentes, con lo cual, a la fecha, totalizan 1.190 visitas para verificar si los ciudadanos están cumpliendo con este deber tributario.

Agregó que el SENIAT proseguirá en los próximos días efectuando visitas a otros contribuyentes, como parte de los lineamientos establecidos en el redimensionado Plan Evasión Cero, en la búsqueda del ordenamiento tributario.

Fuente: Seniat

martes, marzo 06, 2007

Sigue en mil unidades tributarias el minimo para declarar el ISLR

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) aclaró que se mantiene la base de ingresos mínimos, según la cual las personas naturales tienen la obligación de declarar el Impuesto sobre la Renta, que según la norma vigente es 1.000 Unidades Tributarias (U.T) de ingresos netos anuales ó 1.500 UT de ingresos brutos al año.

En tal sentido, se desmiente la versión publicada por un diario de circulación nacional, según la cual el mínimo de ingresos para tener la obligación de declarar el Islr fue elevado a 1.500 Unidades Tributarias (50 millones 400 mil bolívares). El organismo tributario recordó que el próximo 31 de marzo vence el plazo para la declaración y pago del Impuesto sobre la Renta correspondiente al ejercicio fiscal del año 2006, y que para este caso el valor de la Unidad Tributaria aplicable de 33 mil 600 bolívares. Por tanto, están obligadas a declarar el impuesto las personas que hayan tenido el año pasado ingresos netos superiores a 33 millones 600 mil bolívares o ingresos brutos por encima de los 50 millones 400 mil bolívares.

Asimismo voceros del organismo tributario informaron que en la Gaceta Oficial N° 38.628 de fecha 16 de febrero de 2007, se contiene la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Impuesto sobre la Renta. Esta reforma incluye un nuevo artículo, con el número 118, referido a los intereses pagados directa o indirectamente por partes vinculadas. En tal sentido, la reforma define la base de cálculo para que se proceda a su deducibilidad. Es decir, se limita el descargo de las pérdidas en función de un cálculo que define cuánto va a ser el deducible.

Con la segunda modificación, el artículo 187 será ahora el 188, allí se amplía el origen de las ganancias o pérdidas cambiarias y se expresa que las mismas se considerarán realizadas en el ejercicio fiscal que sean exigibles, cobradas o pagadas, lo que suceda primero.

Fuente: MINCI